Artículo primero. Hácese la siguiente traslación en el Presupuesto de Gastos vigente: MINISTERIO DE AGRICULTURA- CAPITULO 203 Secretaría Administrativa. 003, Del artículo 2066. Para gastos extraordinarios e imprevistos y gastos menores no contemplados en los artículos precedentes, en la presente vigencia y anteriores 4.000.00 Suma el concrédito $ 4.000.00 CAPITULO 204 División de Extensión. Zonas Agropecuarias. 301. Al artículo 2227. Para reparación, conservación, asegures, repuestos, impuestos, placas y garajes de los vehículos al servicio de las Zonas Agropecuarias, en el país, en la presente vigencia y anteriores $ 4.000.00 Suma el concrédito $ 4.000.00
Decreto 2884 de 1956 →Vigente
Artículo 2066
Para Gastos Extraordinarios E Imprevistos Y Gastos Menores No Contemplados En Los Artículos Precedentes, En La Presente Vigencia Y Anteriores 4
Decreto 2884 de 1956 · Por el cual se hace una traslación en el Presupuesto de Gastos vigente. (Ministerio de Agricultura y Ganadería)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.