Micelio

Artículo 7-1

Oficina De Seguridad De La Información

Decreto 4048 de 2008 · por el cual se modifica la estructura de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Oficina de Seguridad de la Información. Son funciones de la Oficina de Seguridad de la Información, además de las dispuestas en el artículo 38 del Decreto número 4048 de 2008, las siguientes:

1.

1. Proponer las políticas de seguridad de la información, privacidad y protección de datos personales para la Entidad y mantenerlas actualizadas, de acuerdo con el Plan Estratégico de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), y lineamientos de las autoridades competentes;

2.

2. Responder por el diseño, implementación y mantenimiento del Sistema de Ges­tión de Seguridad de la Información de conformidad con la norma técnica corres­pondiente y la regulación vigente.

3.

3. Definir los lineamientos para la identificación, clasificación, actualización y mo­nitoreo de los activos de la información, en coordinación con las demás depen­dencias de la Entidad, según lo establecido en la normativa vigente.

4.

4. Establecer directrices relacionadas con el control y asignación de permisos para el acceso a las instalaciones, áreas seguras y sistemas de información de la En­tidad, de acuerdo con las disposiciones sobre la materia y lineamientos de la Dirección General de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).

5.

5. Monitorear y realizar pruebas de seguridad y vulnerabilidad en la infraestructura tecnológica, áreas seguras y de los sistemas de información de la Entidad de con­formidad con los protocolos, lineamientos de la Dirección General de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) y normativa vigente.

6.

6. Identificar los riesgos de seguridad y privacidad de la información, así como los controles correspondientes para su mitigación, de acuerdo con las metodologías y disposiciones sobre la materia.

7.

7. Diseñar en coordinación con las dependencias de la Entidad, las estrategias de sensibilización y divulgación de las políticas de seguridad de la información que permitan su interiorización y aplicación, de acuerdo con el Plan Estratégico y lineamientos de la Dirección General de la Unidad Administrativa Especial Di­rección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).

8.

8. Coordinar con las dependencias competentes de la entidad la implementación de las estrategias del plan de continuidad del negocio, según protocolos y disposi­ciones sobre la materia.

9.

9. Poner en conocimiento de las dependencias con competencia funcional cuando se detecten irregularidades, incidentes o prácticas que atenten contra la seguridad de la información, sin perjuicio de las acciones jurídicas a que haya lugar, de acuerdo con las disposiciones sobre la materia.

10.

10. Orientar al Director General y a los Directores de Gestión y Seccionales en la im­plementación de políticas de seguridad y privacidad de la información de acuerdo con la normativa vigente.

11.

11. Responder por la organización, recepción, procesamiento, custodia y remisión de la información producto del intercambio a que se refieren los convenios, acuerdos y convenciones multilaterales, en materia tributaria, suscritos entre el gobierno nacional y las entidades gubernamentales internacionales, en sus distintas moda­lidades: espontáneo, a petición de parte y automático, de acuerdo con las normas de seguridad y los protocolos establecidos que rigen estos trámites.

12.

12. Evaluar las políticas, planes, programas y procesos a cargo, de acuerdo con las metodologías adoptadas por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Im­puestos y Aduanas Nacionales (DIAN) y los lineamientos señalados por la Direc­ción General de la Entidad y los organismos y autoridades competentes.

13.

13. Dirigir planes de mejora continua de los procesos y de la gestión a cargo de la Oficina de Seguridad de la Información, con base en las necesidades instituciona­les y las evaluaciones y auditorias efectuadas

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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