Micelio

Artículo 1250

Para Dotación De Este Liceo, En El Año 2

Decreto 1781 de 1955 · Por el cual se conceden unos auxilios por una sola vez, y se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente. (Ministerio de Educación Nacional)

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo cuarto. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso: MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL CAPITULO 99 División de Bachillerato Liceo Nacional de Varones "José Joaquín Casas", de Chiquinquirá. C1e (a). Del artículo 1250. Para dotación de este Liceo, en el año 2.000.00 Instituto "Simón Araújo", de Sincelejo. C1e (a). Del artículo 1262. Para dotación de este Instituto, en el año 2.500.00 Instituto "Nicolás Esguerra", de Bogotá. C1e(a). Del artículo 1293. Para dotación de este Instituto, en el año 1.500.00 CAPITULO-100 División de Educación Industrial y Comercial -Escuela Nacional de Comercio, de Cali. C1e(a). Del artículo 1441. Para dotación de esta Escuela, en el año 1.600.00 Escuela Nacional de Comercio, de Cúcuta. C1e (a). Del artículo 1444. Para dotación de ésta Escuela, en él año 3.400.00 CAPITULO 108 Auxilios. Departamento Norte de Santander. B31. Del artículo 2395. Para auxiliar a la Escuela Normal Rural "Ramón González Valencia", de Chitagá $5.000.00 Suman los contracréditos $16.000.00 CAPITULO 108 Auxilios Departamento de Boyacá. B3II. Al artículo 2155-A. Para auxiliar por una sola vez a la Radiodifusora "Reina de Colombia", de Chiquinquirá, con destino exclusivo a la Campaña de Cultura que adelanta, de acuerdo con lo ordenado en los artículos 1° y 3° de este Decreto legislativo (Número 1781 de 1955) 2.000.00 Departamento del Cauca. B3I. Al artículo 2218. Para auxiliar al Colegio "Fernández Guerra", de Santander 4.000.00 Departamento Norte de Santander. B3I. Al artículo 2392. Para auxiliar al Seminario Conciliar, de Pamplona 5.000.00 Departamento del Valle. B3II. Al artículo 2496-A. Para auxiliar por una sola vez al II Congreso Nacional de Hombres Católicos, que se celebrará en Cali en junio del presente año, de acuerdo con lo ordenado en los artículos 2° y 3° de este Decreto legislativo (Número 1781 de 1955) $5.000.00 Suman los créditos $16.000.00

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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