La representación, dirección y seguimiento de las decisiones del Comité de Coordinación Nacional de la Alerta Rosa, estará a cargo de la Fiscalía General de la Nación. La Dirección tendrá además las siguientes funciones:
Elaborar planes y políticas de prevención de la desaparición de niñas, niños, jóvenes, adolescentes y mujeres.
Elaborar planes y políticas en materia de búsqueda de las niñas, niños, adolescentes, jóvenes y mujeres desaparecidas.
Planificar, coordinar e impulsar las acciones de búsqueda, localización y protección, cuando la situación lo requiera de toda niña, niño, adolescente, joven o mujer que se encuentre desaparecida.
Coordinar con las instituciones públicas y autoridades locales y demás voluntarios la realización de acciones específicas de búsqueda y localización de las niñas, niños, adolescentes, jóvenes y mujeres que han desaparecido.
Elaborar, monitorear, acompañar, dar seguimiento y evaluar el funcionamiento y cumplimiento del operativo de búsqueda, localización y protección de las niñas, niños, adolescentes, jóvenes y mujeres desaparecidas.
Incidir en la sociedad en general y en los medios de comunicación, así como facilitar capacitaciones acerca de las estrategias y funcionamiento de la Alerta Rosa.
Ejecutar todas aquellas acciones adicionales que sean necesarias para el logro de los objetivos de la presente ley.
Ejecutar acciones de protección dé las niñas, niños, adolescentes, jóvenes y mujeres que han sido localizadas, garantizando la seguridad de las mismas.