Micelio

Artículo 2

Decreto 98 de 1957 · Por el cual se deroga el Decreto legislativo número 0089 de 1957 y se señala un procedimiento

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. En consecuencia, el Gerente de las Empresas Públicas de Medellín, será de libre nombramiento y remoción de la Junta Directiva.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 98 de 1957