El Ministerio de Agricultura establecerá un Fondo de organización y Capacitación Campesina para promover, a través de proyectos, los procesos de organización campesina mediante la capacitación de las comunidades rurales, organizadas o no, para participar efectivamente en las diferentes instancias democráticas de decisión. La ejecución de los proyectos se hará a través de las organizaciones campesinas legalmente reconocidas que escojan las comunidades beneficiarias, o de entidades privadas de reconocida idoneidad que, igualmente, seleccionen las comunidades. En cualquier caso, los proyectos financiados con los recursos del Fondo deberán ser ejecutados, por lo menos en un 90%, a través de las organizaciones campesinas, y hasta un 10% por las entidades privadas. El Fondo será administrado y reglamentado por un Comité Ejecutivo conformado de la siguiente manera:
-El Viceministro de Desarrollo Rural Campesino, quien lo presidirá.
-El Gerente General del INCORA.
-El Director General del Fondo de Cofinanciación para la Inversión Rural -DRI-.
-El Director General del Plan Nacional de Rehabilitación -PNR-, o en su defecto un delegado de la Presidencia de la República.
-Tres (3) representantes de las organizaciones Campesinas y uno (1) de las organizaciones Indígenas.
El Comité Ejecutivo estará asesorado por un Comité de Concertación, conformado por representantes de las organizaciones campesinas e indígenas con asiento en el Consejo Nacional de Reforma Agraria y Desarrollo Rural Campesino.