Micelio

Artículo 2

Tan Luego Como Esa Comisión Técnica Termine Y Presente Al Ministerio De Obras Públicas Los Estudios Que Permitan Determinar Y Adoptar La Ruta Más Conveniente Entre Las Varias Exploradas, Por Sus Condiciones De Practicabilidad, Económica E Importancia Comercial, Precederá A Ejecutar Por Esa Ruta El Trazado Definitivo De Dicha Sección Del Ferrocarril, Y Elaborará Y Presentará Al Mismo Ministerio Los Planos, Perfiles, Presupuestos Y Memoria Descriptiva Correspondiente, Para Someterlos A La Revisión De La Sociedad Colombiana De Ingenieros, Antes De Que Sean Aprobados Por El Gobierno

Decreto 137 de 1914 · en desarrollo de la Ley 129 de 1913, "por la cual se ordena empalmar el actual ferrocarril del Tolima con el de Buenaventura.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Tan luego como esa Comisión técnica termine y presente al Ministerio de obras públicas los estudios que permitan determinar y adoptar la ruta más conveniente entre las varias exploradas, por sus condiciones de practicabilidad, económica e importancia comercial, precederá a ejecutar por esa ruta el trazado definitivo de dicha sección del ferrocarril, y elaborará y presentará al mismo Ministerio los planos, perfiles, presupuestos y memoria descriptiva correspondiente, para someterlos a la revisión de la Sociedad Colombiana de Ingenieros, antes de que sean aprobados por el Gobierno.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 137 de 1914