Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente: MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO Gastos de Administración, auxilios y otros. CAPITULO 34 Catastro Nacional. A1a. Del artículo 379. Para viáticos y gastos de transporte del personal del Instituto Geográfico de Colombia "Agustín Codazzi", y Seccionales de Catastro, cuando viajen en comisiones oficiales, en la presente vigencia y anteriores $ 59.800.00 A2a. Del artículo 380. Para el pago de jornales que requieran el servicio del Instituto Geográfico de Colombia "Agustín Codazzi", y de las Seccionales de Catastro, servicios técnicos contratados, y sueldo a empleados supernumerarios que se nombren en reemplazo de los que salgan de vacaciones, cuando las necesidades del servicio así lo exijan, en la presente vigencia y anteriores 28.500.00 A2a. Del artículo 381. Para el pago de indemnizaciones por vacaciones y en caso de cesantía, de conformidad con el artículo 2° de la Ley 72 de 1931, del personal del Instituto Geográfico de Colombia "Agustín Codazzi", y de las Seccionales de Catastro, reconocidas en la presente vigencia y anteriores 6.000.00 C1a (b). Del artículo 384. Para gastos de conservación, reparaciones y repuestos del equipo mecánico y científico y mobiliario, y para reparaciones menores y adaptación de locales al servicio de las dependencias del Instituto Geográfico de Colombia "Agustín Codazzi", y de las Seccionales de Catastro, en la presente vigencia y anteriores 34.000.00 C1a (a). Del artículo 385. Para compra de vehículos aéreos y terrestres para el servicio del Instituto Geográfico de Colombia "Agustín Codazzi", y de las Seccionales de Catastro, en el año 35.000.00 A1a. Del artículo 388. Para útiles de escritorio, materiales de laboratorio, películas virgen, formularios, libros y registros de contabilidad, control, estadística y otros usos; pastas e índices para los mismos, encuadernación y empaste, para el servicio del Instituto Geográfico de Colombia "Agustín Codazzi", de las Seccionales de Catastro en el año 95.000.00 A1a. Del artículo 392. Para gastos extraordinarios e imprevistos y gastos menores no contemplados en los artículos precedentes, en la presente vigencia y anteriores 6.000.00 Suman los contracréditos $ 264.300.00 CAPITULO 34 Catastro Nacional. C1a (a). Al artículo 383. Para compra de muebles, enseres y equipo mecánico y científico, en el año 264.300.00 Suman los créditos $ 264.300.00
Decreto 2932 de 1955 →Vigente
Artículo 379
Para Viáticos Y Gastos De Transporte Del Personal Del Instituto Geográfico De Colombia "agustín Codazzi", Y Seccionales De Catastro, Cuando Viajen En Comisiones Oficiales, En La Presente Vigencia Y Anteriores $ 59
Decreto 2932 de 1955 · Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente. (Ministerio de Hacienda y Crédito Público)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.