Micelio

Artículo 2.4.1.1.8.14

Funciones Y Obligaciones Del Capitán De Buque De Pesca

Decreto 1070 de 2015 · por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones y Obligaciones del Capitán de Buque de Pesca. Son funciones y obligaciones del Capitán de buque de pesca, y en la medida que le correspondiere, del Patrón de Pesca, las siguientes:

1.

Dirigir la navegación de la nave y / o las faenas de pesca.

2.

Respaldar la legítima autoridad de sus oficiales para el mantenimiento de la disciplina a bordo y la seguridad de la nave.

3.

Tener a bordo, vigentes, todos los certificados y documentos de la nave que le corresponda llevar y presentarlos a las autoridades competentes cuando estas lo soliciten.

4.

Prevenir y controlar la contaminación del mar por parte del buque, de conformidad con las normas nacionales vigentes.

5.

Programar los ejercicios sobre zafarranchos de emergencias, a la vez que las respectivas cédulas.

6.

Es en todo momento y circunstancia el responsable directo por la seguridad de la nave, el producto de la pesca y las tripulaciones, y ejercerá la autoridad suprema a bordo.

7.

Las demás que le asignen la Ley y los Reglamentos.

(Decreto 1597 de 1988 artículo 110)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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