°. Modifícanse los numerales 7 y 11 del artículo 23 del Decreto 4048 de 2008, los cuales quedarán así: “ 7 . Dirigir las acciones propias de la recaudación y el cobro en los asuntos de competencia de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, así como aquellas tendientes a prestar asistencia en la recaudación de impuestos, en el marco de los acuerdos, convenios o tratados internacionales”. “ 11 . Responder por la gestión efectiva del cobro de los impuestos, derechos, tasas, contribuciones, multas, sanciones, intereses, recargos y demás gravámenes; así como de las sanciones cambiarias, que según las disposiciones pertinentes, le compete recaudar a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales”.
Decreto 1292 de 2015 →Vigente
Artículo 4
Modifícanse Los Numerales 7 Y 11 Del Artículo 23 Del Decreto 4048 De 2008, Los Cuales Quedarán Así: “ 7
Decreto 1292 de 2015 · por el cual se modifica parcialmente la estructura de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.