° Por razón de economía y atendiendo a que un solo individuo puede desempeñar las funciones de Habilitado Inspector de las obras para los Institutos Pedagógicos Nacionales, el señor Rafael Ruiz S. tendrá en lo sucesivo estas funciones. Queda en estos términos reformado el inciso segundo del artículo primero del Decreto número 1659 de 1920.
Decreto 371 de 1921 →Vigente
Artículo 1
Por Razón De Economía Y Atendiendo A Que Un Solo Individuo Puede Desempeñar Las Funciones De Habilitado Inspector De Las Obras Para Los Institutos Pedagógicos Nacionales, El Señor Rafael Ruiz S
Decreto 371 de 1921 · Por el cual se modifican algunas de las disposiciones del marcado con el número 1659 de 1920
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.