Micelio

Artículo 2.3.1.3.6.8.7

Diploma

Decreto 1070 de 2015 · por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Diploma. El diploma que acredita el otorgamiento de la Medalla Militar “Cruz de plata en Operaciones Especiales” lleva en su parte superior central la réplica de la medalla, estará firmado por el Comandante General de las Fuerzas Militares y el Comandante del Comando Conjunto de Operaciones Especiales, será elaborado en papel pergamino blanco o cartulina de 40 cm de largo por 30 cm de ancho, con la siguiente leyenda:

TEXTO CORRESPONDIENTE A

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 2.3.1.3.6.8.7. Diploma. El diploma que acredita el otorgamiento de la Medalla Militar “Cruz de Plata en Operaciones Especiales”, llevará las firmas del Comandante General de las Fuerzas Militares y del Comandante del Comando Conjunto de Operaciones Especiales, con la siguiente leyenda:

(Decreto 1425 de 2013 artículo 18)

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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