Micelio

Artículo 5

Cuando El Ciudadano Que Ha Perdido La Cédula Pida Su Cancelación Por Haber Variado De Vecindad Y La Petición No Se Haga Personalmente Ante El Jurado Que Expidió, Debe Enviarse Yen El Memorial De Solicitud La Impresión Digital Del Pulgar Derecho Del Interesado, Tomada En Cada Municipio Por El Correspondiente Empleado De La Alcaldía

Decreto 948 de 1936 · Por el cual se reglamenta la Ley 19 de 1935 y se dictan algunas disposiciones sobre la cédula de ciudadanía

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Cuando el ciudadano que ha perdido la cédula pida su cancelación por haber variado de vecindad y la petición no se haga personalmente ante el Jurado que expidió, debe enviarse yen el memorial de solicitud la impresión digital del pulgar derecho del interesado, tomada en cada Municipio por el correspondiente empleado de la Alcaldía.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 948 de 1936