La Comisión Asesora, tendrá, además de las funciones enumeradas por la Ley 91 de 1922 , las de Comisión Nacional permanente de Codificación del Derecho Internacional, en cumplimiento de la Resolución número 70 de la VII Conferencia Panamericana
Sus miembros tienen que ser notoriamente versados en la ciencia del Derecho, o haber desempeñado funciones de Ministro de Relaciones Exteriores, o haber sido Jefe de Misión Diplomática