Micelio

Artículo 4

El Patronato Nacional "antonio Nariño" Tendrá Como Principales Funciones Las Siguientes: Visitar Frecuentemente Tanto Los Establecimientos Penitenciarios Y Carcelarios Como Las Familias De Los Presos,procurando El Remedio De Sus Necesidades

Decreto 1493 de 1951 · Por el cual se créa un Patronato Nacional de Presos "Antonio Nariño" y se dictan otras disposicion

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El Patronato Nacional "Antonio Nariño" tendrá como principales funciones las siguientes: visitar frecuentemente tanto los establecimientos penitenciarios y carcelarios como las familias de los presos,procurando el remedio de sus necesidades .espirituales, y materiales; velar porque se mantengan las relaciones entre el preso y sus familiares y porque éstos no queden en desamparo; facilitar la reincorporación del penado al seno de la sociedad; intervenir para que el suministro de raciones se haga en las mejores condiciones, y, en cuanto sea posible, hacerse directamente cargo del mismo; y las demás que el Gobierno o los reglamentos del Patronato le señalen.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1493 de 1951