Procedimiento para el empadronamiento. A partir de la entrada en funcionamiento del Registro Nacional de Identificación Balística, las personas naturales o jurídicas deberán propender por la realización del procedimiento de empadronamiento de las armas de fuego con permiso de porte o tenencia.
En cuanto a las armas de fuego nuevas se realizará el registro de empadronamiento durante el trámite de adquisición, para lo cual la Policía Nacional lo efectuará antes de ser entregada por el DCCAE al titular del permiso.
El costo del empadronamiento del arma de fuego corresponde al fijado por la Ley 2197 de 2022 o aquella que la adicione, modifique o sustituya.
El presente procedimiento, será requisito para la renovación y cesión de los permisos para porte y/o tenencia de las armas de fuego.
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