Art. 2. ° Se harán dos retratos, al óleo, de esta Magistrado, costeados por la Nación: uno se colocará en el salón del Senado; el otro se dará á sus hijos. Llevarán esta inscripción:
" Mariano Ospina Rodríguez, varón ilustre.
LEY.
Mariano Ospina Rodríguez, Varón Ilustre
Ley 113 de 1888 · á la memoria de Mariano Ospina Rodríguez, Presidente de la Confederación Granadina
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Art. 2. ° Se harán dos retratos, al óleo, de esta Magistrado, costeados por la Nación: uno se colocará en el salón del Senado; el otro se dará á sus hijos. Llevarán esta inscripción:
" Mariano Ospina Rodríguez, varón ilustre.
LEY.
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.