Micelio

Artículo 2

Mariano Ospina Rodríguez, Varón Ilustre

Ley 113 de 1888 · á la memoria de Mariano Ospina Rodríguez, Presidente de la Confederación Granadina

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 2. ° Se harán dos retratos, al óleo, de esta Magistrado, costeados por la Nación: uno se colocará en el salón del Senado; el otro se dará á sus hijos. Llevarán esta inscripción:

" Mariano Ospina Rodríguez, varón ilustre.

LEY.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 113 de 1888