ARTICULO 83. La Oficina de Cooperación Técnica tiene las siguientes funciones
Asesorar al Nivel Superior en la definición de las políticas del Ministerio en Cooperación Técnica Internacional en Salud, y en los criterios de selección de las ofertas y necesidades de colaboración, asesoría, ejecución de proyectos de cooperación y transferencia tecnológica;
Conceptuar sobre las ofertas y demandas de Cooperación Técnica Internacional y analizar su conveniencia, así como consolidar y acopiar los perfiles y proyectos propuestos por los organismos y entidades del Sistema de Salud a presentar a las Agencias Internacionales y al Departamento Nacional de Planeación;
Diseñar, planear, coordinar, evaluar y controlar los planes y programas de Cooperación Técnica Internacional en el Sistema de Salud, de acuerdo con las políticas, criterios de selección de la oferta y demanda definidos por el nivel decisorio, la política gubernamental sobre la materia y de acuerdo con los convenios multilaterales o bilaterales;
Coordinar con las diferentes reparticiones del Ministerio y organismos del Sistema de Salud, para vigilar el cumplimiento de los compromisos adquiridos a través de los convenios internacionales, para la elaboración de propuestas de los mismos y ejecución de proyectos de cooperación multilateral o bilateral;
Promover las actividades de dominio y aplicación de las nuevas tecnologías apropiadas a través de la Cooperación Técnica Internacional, en las diferentes entidades y niveles del Sistema de Salud;
Acopiar y difundir los resultados y experiencias sobre la tecnología en salud aportada por los diferentes proyectos y programas desarrollados e impulsados por la Cooperación Técnica Internacional;
Difundir la información referente a los programas de capacitación del recurso humano, ofrecidos por parte de los organismos y así como sobre el material relacionado con la Cooperación Técnica Internacional;
Efectuar y coordinar la organización de eventos internacionales relacionados con la salud, que responden a los compromisos o a las diferentes invitaciones que se formulen al Ministerio de Salud;
Impulsar, promover y organizar en coordinación con la Oficina de Asuntos Internacionales modalidades, para prestar servicios de cooperación técnica a otros países a través de pasantías, visitas, adjudicación de cupos para capacitación y adiestramiento en servicio, celebración de reuniones, elaboración, adaptación, intercambio de programas, material de información técnica, metodologías y asistencia;
Representar al Ministerio de Salud en los diferentes eventos internacionales, cuando así lo determine la autoridad competente. Oficina de Costos y Tarifas de Salud.