Micelio

Artículo 1

El Ministerio De Obras Públicas, Por Conducto De Los Administradores De Los Trabajos De La Carretera Central Del Norte, En Las Secciones Comprendidas De Bogotá Á Chocontá Y De Chocontá Á Capitanejo, Procederá A Disponer El Establecimiento De La Aduanillas De Recaudación Necesarias En Cada Uno De Los Dos Trayectos De La Vía Antes Indicada, A Efecto De Verificar Económica Y Eficazmente El Cobro Del Impuesto De Peaje Establecido Por La Ley Que Arriba Se Cita

Decreto 60 de 1910 · Por el cual se reorganiza la recaudación del Impuesto de Peaje establecido en la Carretera Central del Norte, por la Ley número 68 de 1909, y se reglamenta la fiscalización e inversión del mismo impuesto

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El Ministerio de obras públicas, por conducto de los administradores de los trabajos de la carretera central del norte, en las secciones comprendidas de Bogotá á Chocontá y de Chocontá á Capitanejo, procederá a disponer el establecimiento de la aduanillas de recaudación necesarias en cada uno de los dos trayectos de la vía antes indicada, a efecto de verificar económica y eficazmente el cobro del impuesto de peaje establecido por la ley que arriba se cita.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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