º El gasto que ocasione el cumplimiento del presente Decreto, lo mismo que los viáticos del personal de la Policía que acompañe al expresado Juzgado, serán de cargo de la Intendencia Nacional del Chocó.
Decreto 935 de 1931 →Vigente
Artículo 3
El Gasto Que Ocasione El Cumplimiento Del Presente Decreto, Lo Mismo Que Los Viáticos Del Personal De La Policía Que Acompañe Al Expresado Juzgado, Serán De Cargo De La Intendencia Nacional Del Chocó
Decreto 935 de 1931 · Por el cual se crea un juzgado de instrucción criminal, se hace el respectivo nombramiento y se señala la manera de hacer los gastos correspondientes
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.