º El presante Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 25 de enero de 1994, CESAR GAVIRIA TRUJILLO La Ministra de Relaciones Exteriores. Noemí Sanín De Rubio. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rudolf Hommes Rodriguez.
Decreto 222 de 1994 →Vigente
Artículo 7
El Presante Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
Decreto 222 de 1994 · por el cual se crean una embajada y unos cargos en el servicio exterior.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.