Micelio

Artículo 3

º

Decreto 1737 de 1981 · Por el cual se reglamenta el artículo 199 de la Ley 28 de 1979

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º.El servicio público de transporte debe prestarse preferentemente entre los lugares o zonas del municipio o intendencia con mayor densidad demográfica y los sitios de votación, sin detrimento de la prestación del servicio a las demás zonas del respectivo municipio o intendencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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