Vigencia y derogatorias. El presente Decreto entra en vigencia quince (15) días calendario después de la fecha de su publicación en el Diario Oficial, rige hasta el31 de diciembre de 2021 y modifica en lo pertinente el artículo 1 del Decreto 2153 del 26 de diciembre de 2016 o las normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan y el artículo 2 del Decreto 1116 del 29 de junio de 2017. Vencido este término, se restablecerán las condiciones previas a la entrada en vigencia de este Decreto.
Decreto 1078 de 2021 →Vigente
Artículo 2
Vigencia Y Derogatorias
Decreto 1078 de 2021 · "Por el cual se modifica parcialmente el Arancel de Aduanas para la importación de vehículos híbridos y se modifica el Decreto 1116 de 2017".
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.