Micelio

Artículo 4

Están Exentos Del Impuesto De Papel Sellado: 1° Las Actuaciones Oficiales De Los Organismos Internacionales Y De Las Misiones, Embajadas Y Consulados Acreditados Ante El Gobierno Colombiano

Decreto 2908 de 1960 · Por medio del cual se expiden normas sobre impuestos de timbre nacional y papel sellado. (segunda publicación)

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Están exentos del impuesto de papel sellado: 1° Las actuaciones oficiales de los Organismos Internacionales y de las Misiones, Embajadas y Consulados acreditados ante el gobierno colombiano. 2° Las actuaciones en el proceso penal inclusive la acción civil que se ejercio dentro del mismo proceso y las que se adelanten en asunto policía correccional. 3° Las actuaciones administrativas que se originen en la imposición de multas o sanciones por parte de las entidades de Derecho Público excepto las que se adelanten en ejercicio de la jurisdicción coactiva. 4° Todos los documentos que se relacionen con la aplicación de las leyes laborales, o de las que regulan las relaciones de servicio entre las entidades de Derecho Público y sus funcionarios, inclusive los que se produzcan con motivo del ingreso del personal, pago de salarios o sueldos, excusas, licencias y renuncias. 5° Las actuaciones en los juicios civiles de mínima cuantía, y en los juicios de sucesión de que conocen los Jueces Municipales. 6° Las actuaciones en los juicios de amparo de pobreza, las de quienes obtengan este beneficio y las del Juez en cuanto resuelva solicitudes del amparado. 7° Las cuentas que deban rendir los depositarios judiciales y los síndicos de quiebra. 8° Las actuaciones que se adelanten ante los Juzgados de Menores. 9° Las copias de los avisos judiciales destinados a la publicación. 10. Los juicios de inexequibilidad ante la Corte Suprema de Justicia. 11. Las actuaciones que se adelanten ante la jurisdicción de lo Contencioso - Administrativo en los juicios de nulidades, competencias, cuentas, electorales, revisión de cartas de naturaleza, y los referentes a las relaciones de servicio entre las entidades de Derecho Público y sus funcionarios. 12. Todas las actuaciones relacionadas con impuestos y contribuciones, salvo el ejercicio de la jurisdicción coactiva. 13. Los memoriales que se dirijan a las entidades de Derecho Público municipales para pedir el reconocimiento de exenciones en materia de servicios públicos. 14. Las actuaciones relativas al simple ejercicio del derecho de petición, y las quejas o denuncias que se formulen contra los funcionarios públicos. 15. Las actuaciones de los funcionarios oficiales en interés público o social, o en beneficio de las entidades de Derecho Público. 16. Las actuaciones de las personas jurídicas que funcionen exclusivamente con objetivos de beneficencia pública. 17. Las actuaciones que adelanten y los documentos que otorguen en campaña los miembros de la Fuerza Pública. 18. Los libros que se lleven en las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos y Privados, los de registro del estado civil de las personas, y los libros de registro de las Cámaras de Comercio y de las oficinas que hagan sus veces. 19. Los testamentos privilegiados. 20. Los protocolos de los Notarios de los Lazaretos, y las copias que de ellos se expidan. 21. Las actuaciones que promuevan los asilados en los Lazaretos. 22. Los escritos que los recluidos en las Cárceles dirijan a las entidades de Derecho Público de carácter administrativo. 23. Las matrículas y los títulos que extiendan los establecimientos de educación. 24. Las diligencias sobre autenticación de documentos exentos del impuesto de papel sellado. 25. Las cuentas por manejo de caudales públicos que deban rendirse ante las Contralorías de las entidades de Derecho Pública, las actuaciones que se originen en las glosas de observaciones que formulen dichas oficinas, y las actuaciones gubernativas en los juicios de cuentas. 26. Las cuentas de cobro que se presenten a las entidades de Derecho Público, y las órdenes de pago que éstas expidan. 27. Las libranzas y pagarés a cargo de las entidades de Derecho Público, o de personas exentas. 28. Las cartas de crédito, letras de cambio, cheques, cédulas o títulos de .capitalización, títulos de acciones o bonos, pólizas de seguros, comprobantes de depósitos a la orden y a término en los. Bancos o en los Almacén es Generales de Depósito, comprobantes de consignación, recibos, facturas, vales, cuentas de cobro y títulos al portador usuales en el comercio. 29. Las actuaciones relacionadas con la rehabilitación de derechos políticos. 30. Los documentos de identificación. 31. Los documentos, actuaciones y diligencias para los cuales esté permitido el uso de papel común por otras disposiciones legales vigentes. CAPITULO II Impuesto Nacional de Timbre. Objetos de imposición:

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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