La construcción del expresado edificio se hará con arreglo a los planos y presupuestos que el Gobierno haga formar por un Ingeniero competente, y en el lugar que sea más adecuado para el buen servicio del ramo en la capital del Departamento del Valle.
Ley 29 de 1914 →Vigente
Artículo 2
Ley 29 de 1914 · por la cual se ordena construir un edificio para el servicio de Correos y Telégrafos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.