En todo plantel Carcelarios deberá establecerse una biblioteca formada de libros cuya lectura sea benéfica para los presos, a juicio del Director. La biblioteca estará siempre abierta los días feriados y, cuando menos, dos veces por semana, en las horas que determine el reglamento interno.
Decreto 1817 de 1964 →Vigente
Artículo 192
En Todo Plantel Carcelarios Deberá Establecerse Una Biblioteca Formada De Libros Cuya Lectura Sea Benéfica Para Los Presos, A Juicio Del Director
Decreto 1817 de 1964 · Por el cual se reforma y adiciona el Decreto-ley 1405 de 1934 (Código Carcelario), y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.