Decreto 784 de 1924 · Por el cual se modifica el Decreto 1041 de 1913
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Artículo único. Los Oficiales del Ejército devengarán en todo caso el sueldo que el Presupuesto, asigne al empleo que ejerzan, sea cual fuere el grado que tengan en el Escalafón.
Parágrafo
Queda en estos términos modificado el Decreto número 1014 de 1913 (diciembre 22). Comuníquese y publíquese.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.