Micelio

Artículo 15

Ley 13 de 1990 · LEY 13 DE 1990, 15/01/1990, por la cual se dicta el Estatuto General de Pesca.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Derogado

La Junta Directiva del INPA estará integrada por:

1.

El Ministro de Agricultura o su delegado, quien la presidirá.

2.

El Ministro de Desarrollo o su delegado.

3.

El Jefe del Departamento Nacional de Planeación o su delegado.

4.

El Director General Marítimo y Portuario.

5.

El Director del Fondo de Promoción de Exportaciones, Proexpo.

6.

El Gerente del Inderena o de la entidad que haga sus veces.

7.

Tres delegados del Presidente de la República, escogidos de ternas enviadas por las organizaciones gremiales de industriales, artesanales y acuicultores.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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