Los Jefes de misión diplomática acreditados ante dos o más Gobiernos recibirán la partida de gastos de representación que tengan asignada en su sede principalmente durante el tiempo que permanezcan fuera de ésta, cuando vayan a presentar credenciales o viajaren en desempeño de sus funciones. En esos casos, el Ministerio de Relaciones Exteriores asignará una partida de gastos de representación al funcionario que quede como encargado de negocios ad ínterim si la ausencia del titular fuere de más de treinta (30) días. CAPITULO XII De los funcionarios especializados
Decreto 2016 de 1968 →Vigente
Artículo 81
Los Jefes De Misión Diplomática Acreditados Ante Dos O Más Gobiernos Recibirán La Partida De Gastos De Representación Que Tengan Asignada En Su Sede Principalmente Durante El Tiempo Que Permanezcan Fuera De Ésta, Cuando Vayan A Presentar Credenciales O Viajaren En Desempeño De Sus Funciones
Decreto 2016 de 1968 · Orgánico del Servicio Diplomático y Consular
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.