Micelio

Artículo 11

Decreto 2187 de 1996 · Por el cual se adopta un Programa Nacional de Investigación Sociojurídica, se crea el Consejo del Programa y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Objeto. Los Subcomites Técnicos tienen como objeto implementar al interior de cada entidad las medidas de carácter técnico necesarias para facilitar la ejecución de los proyectos y actividades del Programa: "Plan Nacional de Investigación Sociojurídica". Para tal efecto podrán proponer a través del representante de la entidad ante el Consejo del Programa: "Plan Nacional de Investigación Sociojurídica", las modificaciones técnicas que se requieran en la realización del programa.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2187 de 1996