Micelio

Artículo 83

Decreto 1890 de 1999 · por el cual se reorganiza el Ministerio de Justicia y del Derecho y se dictan otras disposiciones sobre la materia relacionadas con las entidades que integran el Sector Administrativo de Justicia

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Enajenación. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley 51 de 1990 y demás disposiciones legales el Ministerio de Justicia y del Derecho podrá enajenar los bienes que no requiera para el desarrollo de sus funciones, o que no sean adecuados. Cuando se trate de recursos provenientes de enajenaciones de inmuebles destinados a servir como establecimientos de reclusión estos se destinarán al mejoramiento de la Infraestructura Penitenciaria y Carcelaria.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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