Atención de requerimientos. Las personas naturales o jurídicas que sean requeridas por la Superintendencia de Sociedades para acreditar el origen de sus capitales o patrimonio en virtud de lo dispuesto en la ley y en este Decreto, deberán suministrar la información pertinente o atender las diligencias que se señalen, en los términos y plazos que les fijen dicha entidad. CAPITULO V. Disposiciones transitorias y vigencia
Decreto 776 de 1996 →Vigente
Artículo 24
Atención De Requerimientos
Decreto 776 de 1996 · Por el cual se dictan normas para el funcionamiento de los clubes deportivos profesionales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.