Independientemente De Las Sanciones Penales A Que Hubiere Lugar, A Los Notarios Que Incurran En Las Faltas Enumeradas En El Capítulo Precedente, Se Les Aplicará Según La Gravedad De La Infracción, Los Antecedentes Y Lo Dispuesto Expresamente En La Ley, Una De Estas Sanciones: 1
Decreto 960 de 1970 · Por el cual se expide el estatuto del Notariado
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Independientemente de las sanciones penales a que hubiere lugar, a los Notarios que incurran en las faltas enumeradas en el Capítulo precedente, se les aplicará según la gravedad de la infracción, los antecedentes y lo dispuesto expresamente en la Ley, una de estas sanciones
1.
Multa.
2.
Suspensión.
3.
Destitución.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.