°. El Gobierno Nacional (Ministerio de Educación), fijará por decreto posterior la planta de personal y las asignaciones de las empleadas que requiera la administración de Residencias Femeninas. Los nombramientos que se hagan para el funcionamiento interno de las Residencias, deben recaer en personal femenino, salvo aquellos cargos que por su índole requieran ser desempeñados por personal masculino.
Decreto 821 de 1963 →Vigente
Artículo 5
El Gobierno Nacional (Ministerio De Educación), Fijará Por Decreto Posterior La Planta De Personal Y Las Asignaciones De Las Empleadas Que Requiera La Administración De Residencias Femeninas
Decreto 821 de 1963 · Por el cual se reglamenta la ley 37 de 1962
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.