Suboficiales del Cuerpo Administrativo. Son Suboficiales del Cuerpo Administrativo de las Fuerzas Militares, los Técnicos Professional o Tecnólogos Especializados que ostentem ele título correspondiente conforme a las normas de educación vigentes en todo tiempo, escalafonados en el Ejército, la Armada o la Fuerza Aérea, con el propósito de ejercer su especialidad en las Fuerzas Militares, o los Suboficiales de las Fuerzas Militares que habiendo obtenido los referidos títulos soliciten servir en el Cuerpo Administrativo.
Decreto 89 de 1984 →Vigente
Artículo 19
Suboficiales Del Cuerpo Administrativo
Decreto 89 de 1984 · Por el cual se reorganiza la carrera de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.