Micelio

Artículo 4

Ley 60 de 1961 · por la cual se auxilian algunos establecimientos de educación y de asistencia social en el Distrito Especial de Bogotá y en Municipios de Cundinamarca.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La cooperación o auxilio nacional decretado por el artículo 29 de esta Ley, será incluido por el Gobierno anualmente en los proyectos de Presupuestos que someta a la consideración del Congreso Nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 60 de 1961