º Se tendrán como aplicables a los Consulados de Burdeos y Maracaibo todas las disposiciones reglamentarias de la Ley 12 de 1883, que asimiló a Administraciones de Hacienda nacional los Consulados de la República en Nueva York, Liverpool, Southampotn, el Havre, Saint Nazaire y Hamburgo.
Decreto 5 de 1895 →Vigente
Artículo 2
Se Tendrán Como Aplicables A Los Consulados De Burdeos Y Maracaibo Todas Las Disposiciones Reglamentarias De La Ley 12 De 1883, Que Asimiló A Administraciones De Hacienda Nacional Los Consulados De La República En Nueva York, Liverpool, Southampotn, El Havre, Saint Nazaire Y Hamburgo
Decreto 5 de 1895 · Por el cual se asimilan a Administraciones de Hacienda dos Consulados
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.