º. Para ser gerente de un fondo se requiere tener título profesional oficialmente reconocido y ser especializado en materias que lo capaciten para la dirección o administración de empresas financieras, o tener una experiencia no menor de cinco (5) años en el manejo de las mismas. Además, el gerente no podrá ser a la vez directivo o trabajador de empresas afiliadas a los fondos regionales o de aquellas en las cuales los fondos tengan inversiones.
Decreto 98 de 1973 →Vigente
Artículo 23
Para Ser Gerente De Un Fondo Se Requiere Tener Título Profesional Oficialmente Reconocido Y Ser Especializado En Materias Que Lo Capaciten Para La Dirección O Administración De Empresas Financieras, O Tener Una Experiencia No Menor De Cinco (5) Años En El Manejo De Las Mismas
Decreto 98 de 1973 · Por el cual se dispone la creación de Fondos Regionales de Capitalización para el manejo de aprovechamiento e inversión de recursos provenientes del ahorro privado
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.