Micelio

Artículo 2

Para Los Efectos De Este Decreto, Entiéndese Por Alfabetización Participativa El Proceso De Aprendizaje Que Conduce A La Comprensión De Los Elementos Esenciales De La Lectura, Escritura, Cálculo Y Los Conocimientos Básicos Para La Participación En La Vida Social, Los Cuales Permiten Al Adulto Iletrado Proseguir Su Aprendizaje En Los Programas De Educación Permanente Y Participar Con Mayor Éxito En La Vida Social, Cultural, Política Y Económica Del País

Decreto 1633 de 1983 · Por el cual se establece el Plan Nacional de Alfabetización Participativa

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Para los efectos de este Decreto, entiéndese por alfabetización participativa el proceso de aprendizaje que conduce a la comprensión de los elementos esenciales de la lectura, escritura, cálculo y los conocimientos básicos para la participación en la vida social, los cuales permiten al adulto iletrado proseguir su aprendizaje en los programas de educación permanente y participar con mayor éxito en la vida social, cultural, política y económica del país.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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