Micelio

Artículo 74

Decreto 1295 de 1994 · por el cual se determina la organización y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Subdirección Preventiva de Salud Ocupacional. La Subdirección Preventiva de Salud Ocupacional tiene las siguientes funciones

a)

Controlar y vigilar la aplicación de normas en salud ocupacional en todo el territorio nacional.

b)

Coordinar con el Ministerio de Salud, las entidades publicas y privadas, nacionales, internacionales y extranjeras, la planeación y el funcionamiento de los programas de salud ocupacional que se desarrollen en el país.

c)

Desarrollar programas de divulgación, información e investigación en salud ocupacional.

d)

Proponer la expedición de normas en el área de la salud ocupacional.

e)

Proponer e impulsar programas de extensión de los servicios de salud ocupacional para la población afiliada.

f)

Establecer los procedimientos para la emisión de conceptos técnicos en relación con medicina laboral y salud ocupacional.

g)

Evaluar la gestión y desarrollo de los programas de salud ocupacional.

h)

Asesorar al Director Técnico en aspectos relacionados con el área de salud ocupacional.

i)

Llevar el registro estadístico de riesgos, con la información que para el efecto determine el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

j)

Las demás que le asigne o le delegue el Director Técnico o el Ministro de Trabajo y Seguridad Social.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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