Micelio

Artículo 1

º La Sociedad Fiduciaria La Previsora Limitada Observará, En La Realización De Los Derechos Y Obligaciones Pendientes De Ejecución Dentro Del Procedimiento De Liquidación Del Fondo De Reconstrucción -Resurgir- Ordenado Por El Decreto 2663 De 1988, Las Reglas Que Sobre Manejo Financiero Establecen Las Normas Vigentes Para La Administración Del Fondo Nacional De Calamidades

Decreto 1215 de 1989 · Por el cual se dictan normas sobre la liquidación del Fondo de Reconstrucción -Resurgir-.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º La Sociedad Fiduciaria La Previsora Limitada observará, en la realización de los derechos y obligaciones pendientes de ejecución dentro del procedimiento de liquidación del Fondo de Reconstrucción -Resurgir- ordenado por el Decreto 2663 de 1988, las reglas que sobre manejo financiero establecen las normas vigentes para la administración del Fondo Nacional de Calamidades.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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