Micelio

Artículo 64

El Fondo Determinará La Organización Y El Funcionamiento De Cada Uno De Los Clubes De Empleados Oficiales, Centros Recreativos Y Vacacionales, Y Programas Especiales, La Forma De Prestación De Sus Servicios Y Las Condiciones Para Pertenecer A Ellos, La Cuantía Del Respectivo Fondo Rotatorio, Las Normas A Que Deberán Sujetarse Los Usuarios De Sus Servicios, El Monto De Las Cuotas Institucionales Y Personales De Sus Afiliados Y, En General Todas Las Disposiciones Necesarias Para Agilizar Su Adecuado Funcionamiento

Decreto 147 de 1976 · Por el cual se revisa la organización interna del Departamento Administrativo del Servicio Civil

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Fondo determinará la organización y el funcionamiento de cada uno de los clubes de empleados oficiales, centros recreativos y vacacionales, y programas especiales, la forma de prestación de sus servicios y las condiciones para pertenecer a ellos, la cuantía del respectivo fondo rotatorio, las normas a que deberán sujetarse los usuarios de sus servicios, el monto de las cuotas institucionales y personales de sus afiliados y, en general todas las disposiciones necesarias para agilizar su adecuado funcionamiento. Disposiciones varias.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 147 de 1976