Art. 1.° Autorízase al Gobierno para que cuando lo permita la situación del Tesoro y la necesidad fuere imprescindible, procede á comprar en la capital del Departamento del Tolima una casa apropiada para Escuela Normal, y a construir en la ciudad de Riohacha un edificio propio para Aduana y demás oficinas nacionales.
Ley 73 de 1887 →Vigente
Artículo 1
Ley 73 de 1887 · por la cual se concede una autorización al Gobierno
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.