º . Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su promulgación.
Decreto 1878 de 2008 →Vigente
Artículo 3
Decreto 1878 de 2008 · por medio del cual se modifica parcialmente el Decreto 2649 de 1993 y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.