Micelio

Artículo 7

Las Unidades Regionales De Salud En Relación Con El Subsistema Nacional De Inversión Cumplirán Las Siguientes Funciones: A) Cumplir Y Hacer Cumplir Las Normas Y Procedimientos Sobre Inversiones En Salud

Decreto 526 de 1975 · Por el cual se dictan normas sobre los Subsistemas Nacionales de Inversión, Información, Planeación, Suministros, Personal e Investigaciones del Sistema Nacional de Salud

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Las Unidades Regionales de Salud en relación con el Subsistema Nacional de Inversión cumplirán las siguientes funciones

a)

Cumplir y hacer cumplir las normas y procedimientos sobre inversiones en salud.

b)

Vigilar la ejecución de los programas de inversión que se desarrollen en la región, y

c)

Elaborar el Plan Regional de Inversiones y proponerlo al Servicio Seccional para la integración del Plan Seccional. CAPITULO II SUBSISTEMA NACIONAL DE INFORMACIÓN

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 526 de 1975