Micelio

Artículo 12

Ley 84 de 1931 · De Justicia Militar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Si un mismo individuo cometiere, en distintos lugares, dos o más infracciones cuyo conocimiento corresponda exclusivamente a la jurisdicción militar, conocerá de todas ellas la autoridad militar a quien corresponda !a que merezca mayor pena.

Si se trata de delitos conexos cometidos por varios militares, será competente la autoridad a quien corresponda juzgar al de mayor grado, o antigüedad de los acusados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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