Dirección de Registro. Son funciones de la Dirección de Registro las siguientes
Apoyar en coordinación con la Oficina Asesora de Planeación a las oficinas de registro de instrumentos públicos en la implementación y desarrollo del sistema de gestión de la calidad y el modelo estándar de control interno.
Resolver en segunda instancia los recursos impetrados por los usuarios contra los actos del registro de instrumentos públicos.
Implementar, en coordinación con la Superintendencia delegada planes de contingencia cuando las oficinas de registro de instrumentos públicos presenten atrasos o problemas relacionados con el sistema de información registral.
Apoyar a las oficinas de registro de instrumentos públicos en materia de recursos humanos, financieros, físicos y de infraestructura.
Supervisar, y orientar la ejecución de los planes anuales de gestión de las oficinas de registro de instrumentos públicos, su seguimiento, los mapas de riesgo y planes de mejoramiento.
Obtener estadísticas e indicadores de las oficinas de registro de instrumentos públicos, analizarlas y remitirlas de manera mensual a las dependencias interesadas.
Colaborar en la sistematización de los procesos misionales y de apoyo en coordinación con la Oficina de Informática.
Fijar en coordinación con la Superintendencia Delegada horarios de atención al público de las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos.
Adelantar los estudios técnicos que se requieran para la modernización y eficiente prestación del servicio del Registro de Instrumentos Públicos y sugerir los cambios por efectuar y evaluar los avances al respecto.
Las demás que le sean asignadas.