Micelio

Artículo 1

Adicionar El Siguiente Parágrafo Al Artículo 13 Del Decreto 990 De 2002: “parágrafo 3°

Decreto 2590 de 2007 · por el cual se modifica la estructura de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Adicionar el siguiente

Parágrafo

al artículo 13 del Decreto 990 de 2002: “

Parágrafo 3

La Superintendencia Delegada para Acueducto, Alcantarillado y Aseo también ejercerá las funciones asignadas en este artículo respecto a: i) Las empresas de servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo que atiendan menos de dos mil quinientos (2.500) usuarios; ii) Las personas naturales o jurídicas que produzcan para ellas los bienes y servicios propios del objeto de las empresas de servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo; iii) Las empresas de servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo que operen exclusivamente en uno de los municipios clasificados como menores según la ley o en zonas rurales; iv) Las organizaciones autorizadas de que trata el numeral 15.4 del artículo 15 de la Ley 142 de 1994 para la prestación de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo; v) Los productores marginales de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo; vi) Los municipios menores de categorías 5ª y 6ª de acuerdo con la Ley 617 de 2000 que sean prestadores directos de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo”.

Parágrafo 3

Artículo 13 DECRETO 990 de 2002

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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