Artículo único. No podrán ser nombrados para Secretarios, Adjuntos o subalternos de una Embajada o Legación, los parientes del Jefe de la misma, dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.