Micelio

Artículo 1

Fíjase El Cómputo De Las Rentas E Ingresos Del Tesoro Intendencial Para El Periodo Comprendido Entre El 1° De Enero Y El 31 De Marzo De 1984, En La Cantidad De Cuarenta Y Dos Millones Seiscientos Cinco Mil Pesos ($ 42

Decreto 3646 de 1983 · Por el cual se aprueba con modificaciones, supresiones y adiciones el Acuerdo número 006 del 15 de noviembre de 1983. expedido por el Consejo Intendencial de Casanare

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Fíjase el cómputo de las rentas e ingresos del tesoro intendencial para el periodo comprendido entre el 1° de enero y el 31 de marzo de 1984, en la cantidad de cuarenta y dos millones seiscientos cinco mil pesos ($ 42.605.000) moneda corriente. Capítulo I Ingresos corrientes $ 42.605.000 Ingresos tributarios 40.360.000 A. Impuestos directos 450.000 02. Circulación y tránsito 450.000 B. Impuestos indirectos 39.910.000 05. Tabaco 4.750.000 06. Cervezas 28.000.000 07. Degüello ganado mayor 10.000 09. Cigarrillos extranjeros 100.000 10. Licores y vinos extranjeros 390.000 11. Licores y vinos nacionales 6.650.000 13. Otros impuestos indirectos 10.000 Ingresos no tributarios $ 2.245.000 B. Rentas ocasionales 545.000 22. Multas 15.000 23. Reintegros 80.000 24. Aprovechamientos 450.000 D. Aportes y participaciones 1.700.000 35. Cuenta de estabilización de precios derivados del petróleo electrificadoras 1.700.000 Total Presupuesto de Rentas e Ingresos $ 42.605.000

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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